El presidente Alberto Fernández dispuso en el mediodía de este miércoles la creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria debido a la propagación del coronavirus en el país, que será establecido a través de un decreto de necesidad y urgencia, informaron fuentes oficiales.
Entre otros beneficios, el programa establecerá «la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino» y una «Asignación Compensatoria al Salario, para todos los trabajadores en empresas de hasta 100 empleados».
En tanto, se especificó que, quienes cumplan con los requisitos, accederán a uno de los siguientes beneficios: la postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino, o la reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino devengadas durante el mes de abril del 2020 para empleadores que no superen los 60 trabajadores.
Vencimientos de la AFIP
Según adelantaron desde el Gobierno, el decreto establecerá que la AFIP «dispondrá los vencimientos especiales para el pago de las contribuciones patronales».
Además, contemplará un incremento en las prestaciones económicas por desempleo «a un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000», durante «el periodo que establezca la Jefatura de Gabinete de Ministros».
En este punto, se señaló que «será competencia del Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social modificar la operatoria del Sistema integral de prestaciones por desempleo», y, también, que los empleadores alcanzados por los beneficios «deberán acreditar ante la AFIP, la nómina del personal alcanzado y su afectación a las actividades alcanzadas».