A partir del 1º de diciembre comienza la denominada “zafriña de verano”. Los productores y secaderos pueden comenzar a operar sin la necesidad del pedido de autorización previa al INYM, ya que ese requisito fue derogado por la Resolución del Directorio 150/2018.
En ese sentido, el INYM recuerda a los productores la importancia de que al momento de efectuar esta “zafriña de verano” (diciembre, enero, febrero y marzo) observen con atención el estado de las plantas; sobre todo aquellas que aún se encuentran en estado de brotación, ya que un manejo inadecuado puede provocar daños y afectar la posterior cosecha gruesa que inicia en el mes de abril.
Cabe recordar que al resolver la suspensión para los meses de octubre y noviembre (Resolución 37/2007), el Directorio del INYM había analizado oportunamente diversas cuestiones técnicas que – precisamente – se relacionan con el comportamiento de la planta de yerba mate en este período de altas temperaturas. En esta época del año la planta se encuentra en etapa de brotación plena y la cosecha (poda) altera ese proceso, afectando al cultivo.