Hasta el 24 de mayo se puede aplicar para obtener financiamiento para la realización de fiestas, festivales y eventos culturales en todas las provincias y municipios del país, programadas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022.
El Programa “Festivales Argentinos” es una iniciativa de la Dirección de Acción Federal, dependiente de la Secretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura de la Nación, y constituye una política pública para todo el territorio nacional destinada a fomentar la organización de celebraciones culturales de carácter popular, con el objetivo de potenciar las capacidades de gestión local, el desarrollo de las economías regionales y el turismo cultural.
Pueden inscribirse organizadores de fiestas, festivales y eventos culturales cuya fecha de realización se encuentre comprendida entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022. Los organizadores pueden ser de dos tipos:
- Organismos públicos provinciales o municipales
- Asociaciones civiles con personería jurídica
En ambos casos la inscripción debe ser realizada por la máxima autoridad del área de gobierno o persona jurídica que organice el evento.
¿Es obligatorio estar inscriptos/as en el Registro Federal de Cultura?
Si, todos los y las postulantes deben estar inscriptos/as en el Registro Federal de Cultura antes de postular sus proyectos a la convocatoria. En el caso de los organismos públicos, la persona que ejerza la máxima autoridad en el área de gobierno que organice el evento deberá inscribirse como persona física. Las asociaciones civiles sin fines de lucro deberán estar inscriptas en el “Registro de Espacios Culturales” o en el “Registro de Organizaciones y Empresas Culturales” según corresponda, para lo cual, la máxima autoridad de la institución deberá primero crear un registro de persona física.
¿Cómo podemos inscribirnos?
Para comenzar se recomienda leer el Reglamento, donde se encuentran las bases y condiciones para la presentación de proyectos. Una vez completada la inscripción en el Registro Federal de Cultura, postular la propuesta a la convocatoria con todos los datos y la documentación requerida según el tipo de ente organizador (organismos públicos o personerías jurídicas sin fines de lucro) y la categoría de la fiesta o celebración.
¿Cuáles son las categorías?
Hay cinco categorías de acuerdo a la magnitud de la convocatoria de público, basada en registros de la última edición con público presencial. Categorías:
- Categoría A: Son celebraciones que en su última edición con público presencial hayan tenido una concurrencia de más de CINCUENTA MIL (50.000) asistentes.
- Categoría B: Son celebraciones que en su última edición con público presencial hayan tenido una concurrencia entre DIEZ MIL (10.000) y CINCUENTA MIL (50.000) asistentes.
- Categoría C: Son celebraciones que en su última edición con público presencial hayan tenido una concurrencia entre CINCO MIL (5.000) y DIEZ MIL (10.000) asistentes.
- Categoría D: Son celebraciones que en su última edición hayan tenido una concurrencia entre MIL (1.000) y CINCO MIL (5.000) asistentes.
- Categoría E: Son celebraciones que en su última edición con público presencial hayan tenido una concurrencia inferior a MIL (1.000) asistentes, o que se realicen por primera vez.
¿Cuál es el tope de financiación que se puede pedir por categoría?
Cada postulante podrá solicitar el monto que resulte necesario de acuerdo a la propuesta presentada, con arreglo a los topes establecidos para cada categoría según el siguiente detalle:
- Categoría A: Hasta PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000.-).
- Categoría B: Hasta PESOS UN MILLÓN ($1.000.000.-).
- Categoría C: Hasta PESOS SETECIENTOS MIL ($700.000.-).
- Categoría D: Hasta PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($480.000.-).
- Categoría E: Hasta PESOS TRESCIENTOS CUARENTA MIL ($340.000.-)
¿Para qué se puede usar la ayuda otorgada?
Cada postulante debe presentar un proyecto de presupuesto en el que contemple las siguientes pautas:
- A) Honorarios artísticos, técnicos y/o profesionales. Al menos CUARENTA POR CIENTO (40%), y hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%), del monto total solicitado.
- B) Infraestructura y/o servicios: Al menos CINCUENTA POR CIENTO (50%), y hasta el SESENTA POR CIENTO (60%) del monto total solicitado.
¿Qué documentación se debe adjuntar en el proceso de inscripción?
Todos los postulantes:
- Comprobante de cuenta bancaria vigente y operativa en el que conste número, tipo de cuenta y CBU, firmado por el responsable de la postulación.
- Constancia de inscripción de AFIP del organismo público o persona jurídica que organiza el evento.
- Documentación que certifique la categoría en la que se inscribe (excepto eventos con público no presencial o eventos con público presencial que se realicen por primera vez). Por ejemplo: notas de prensa, fotografías digitales, informes emanados de instituciones locales (policía, bomberos, defensa civil u otros), declaraciones efectuadas ante entidades de derechos de autor, y/o cualquier otro documento que posean y que tenga aptitud para acreditar la afirmación que han efectuado. Toda esta documentación deberá ser unificada en un único archivo PDF.
- Declaración jurada sobre la categoría de postulación.
Áreas de Gobierno:
- Copia bifaz del DNI del responsable de la organización del evento (firmada y aclarada por el titular).
- Resolución que designa a la autoridad responsable del organismo.
- Carta Compromiso para áreas de gobierno.
Organizaciones sin fines de lucro:
- Copia bifaz del DNI (firmada y aclarada por el titular) de la persona que ejerce la representación legal de la entidad conforme a su naturaleza jurídica, o su apoderado/a.
- Poder suficiente cuando corresponda.
- Acta constitutiva/estatuto de la entidad.
- Resolución de otorgamiento de la persona jurídica por el organismo correspondiente.
- Última designación de autoridades extraída del libro de actas debidamente rubricado.
- Carta Compromiso para personas jurídicas.
Para más información o consultas escribir a: festivalesargentinos@cultura.gob.ar