El proyecto busca que se ponga en funcionamiento la norma, con el fin de que los contribuyentes cuenten con una herramienta para apelar resoluciones dictadas por la Dirección General de Rentas.
El diputado provincial, y presidente del bloque de la Unión Cívica Radical (UCR), Ariel “Pepe” Pianesi presentó un proyecto de ley para dictar la ley orgánica de la Cámara Fiscal de Apelaciones, creada por Ley XXII N° 35 (antes ley 4366).
Es que si bien su creación data del 05 de Julio de 2007, jamás se ha puesto en efectivo funcionamiento; por lo que los interesados, sobre todo los contribuyentes, actualmente carecen de una instancia administrativa superior e imparcial, ante la cual apelar las resoluciones dictadas por la Dirección General de Rentas.
Por ello, el legislador insta a que la Cámara, con asiento en Posadas, se ponga en marcha y entienda en los recursos que se interpongan ante ella contra las resoluciones de la anteriormente mencionada Dirección.
La normativa en cuestión establece que la Cámara se compondrá de dos salas, integradas por tres vocales, un secretario y un prosecretario cada una. Todos ellos deberán permanecer en sus cargos por el término de cuatro años, no pudiendo ser reelectos. Además, prevé que cuente con personal técnico, administrativo y de servicios necesarios para el pleno funcionamiento de la misma.
“Resulta necesario dictar la ley orgánica de la Cámara Fiscal, de manera tal que asegure una instancia de revisión imparcial y especializada. Es por ello, que por medio de la presente ley se propende a la integración de la Cámara con la mayor autonomía posible de todo poder del Estado. Su nombramiento, estará a cargo de un Jurado creado también a tal efecto, y elegido por los distintos colegios de Profesionales e incluso miembros del Poder Legislativo de la Provincia, previo concurso público de oposición y antecedentes”, explicó Pianesi.
Asimismo, afirmó que “la Cámara Fiscal de Apelaciones, luego de la pertinente designación por el Jurado de selección, estará compuesta por dos salas, integradas por abogados y contadores, debiendo acreditar especialización u otro título de posgrado en tributación; ello a los fines de lograr una mayor especialidad y criterio en las mismas”.
“La Cámara Fiscal de Apelaciones, dictará reglas de procedimiento que complementen las disposiciones de la presente, a fin de dar al proceso una mayor celeridad y eficacia. Su observación es obligatoria para sus miembros y deberá publicarse ante el Boletín Oficial”, indica la iniciativa en su articulado.
Es decir, el proyecto especifica todas las cuestiones normativas, técnicas, los alcances, atribuciones, designaciones y plazos, entre otras particularidades que tendrá esta Cámara, como nueva herramienta para los ciudadanos.
“Sus funciones y competencia se encuentran determinadas en el Código Fiscal de la Provincia, sólo restaba dar certeza a los recursos interpuestos contra las resoluciones de la Dirección General de Rentas de la Provincia; que hasta el momento entiende, el mismo Poder que las dicta”, concluyó Pianesi.