El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció, mediante la Resolución 260/2020, prorrogar hasta el 31 de mayo de 2020 las Prestaciones de Desempleo establecidas por las leyes N° 24.013 y Nº 25.371, que fueron otorgadas entre el 1º de febrero y el 1º de abril del corriente año a beneficiarios que no se hayan reinsertado al mercado laboral.
Esta medida fue tomada a raíz del impacto en la economía generado por la actual crisis sanitaria, y la imposibilidad que presentan los beneficiarios de este sistema de volver a insertarse en el empleo. Ante esta situación, tal como afirma el documento, “se hace necesaria la implementación de políticas orientadas a garantizar ayudas económicas adicionales”.
Las cuotas de prórroga serán mensuales, sin poder aplicarse la modalidad de pago único prevista en el art. 127 de la Ley Nº 24.013, en tanto que el monto de las cuotas será equivalente al 70% de la prestación original.
En tanto que la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), será la encargada de efectuar los cruces informáticos y demás controles para determinar quienes pueden acceder a la extensión de la prestación, mientras que la Secretaría de Empleo continuará al frente del control de los requisitos para mantener el beneficio.