Misiones garantizará la cirugía reconstructiva en los casos de extirpación de mama por patología

En su sesión semanal, la Legislatura provincial aprobó la adhesión a la Ley Nacional 26.872 sobre cobertura de cirugía reconstructiva por patología mamaria. También estableció que la obra social provincial deberá brindar cobertura del cien por ciento en estos casos, incluyendo la previsión de las prótesis correspondientes.

El diputado Martin Cesino, autor de la propuesta que fue unificada con la de la ex legisladora Noelia Leyria, dijo que la medida “permitirá que todas las mujeres que hayan sufrido una mastectomía como consecuencia de alguna patología mamaria, tengan derecho a la cobertura de la cirugía reconstructiva, como así también la provisión de las prótesis necesarias”.

Aclaró que si bien se “trata de salvar la glándula mamaria siempre que esto sea posible, minimizando los efectos físicos y psíquicos del diagnóstico de esta terrible enfermedad”, reconoció que “en determinados casos debido al tamaño o tipo de tumor esto no es posible y se hace necesario recurrir a la mastectomía o extirpación completa de la mama”.

“El quitar a una mujer un seno como parte del tratamiento tiene un fuerte impacto psicológico, pudiendo dejarle secuelas que la afectarán en su vida diaria: alteración de la imagen corporal, pérdida de feminidad, alteraciones de la vida afectiva, ansiedad, depresión, desesperanza, sentimientos de culpa, vergüenza, temor y abandono; conlleva un trauma que afecta y modifica la relación de la mujer con su familia, su pareja y su entorno”, explicó el diputado.

Entonces, la reconstrucción mamaria puede ser considerada “parte de la rehabilitación de las pacientes con este tipo de cáncer, dado que disminuye los trastornos psicológicos asociados a la mastectomía, y permite recuperar la armonía corporal perdida y restaurar el bienestar emocional de la paciente”.

Protocolo para urgencias y emergencias

Por otra parte, la Cámara de Representantes de la provincia decidió que en los establecimientos asistenciales del ámbito sanitario público y privado se adopte el sistema “Triage”, que consiste en un sistema de clasificación de urgencias de acuerdo a la gravedad del paciente. Implica el relevamiento de signos y síntomas que sean atendidos según prioridades basadas en la severidad del cuadro y el pronóstico de las lesiones.

Los objetivos del sistema son asegurar una valoración clínica preliminar, rápida y ordenada de los pacientes para establecer su nivel de prioridad de atención; aplicar un protocolo común para la atención de urgencias y emergencias, independientemente del tamaño, estructura o ubicación de los establecimientos sanitarios; y optimizar la respuesta sanitaria en la escena de emergencia, en casos de siniestros o catástrofes con víctimas múltiples; 4) derivar al paciente al establecimiento sanitario pertinente; descongestionar áreas de tratamiento de las salas de urgencias; entre otros.

Cesino, autor también de esta iniciativa, explicó que la palabra «triage» proviene del vocablo francés «trier» cuyo significado es clasificación o selección, y que “este término ha sido incorporado al ámbito sanitario para definir al proceso de evaluación rápida de los pacientes y su ubicación en lista de espera de acuerdo a la severidad de los síntomas y el pronóstico del cuadro”.

Casa Cuna Misiones

El Poder Legislativo decidió desafectar, de su condición de reserva fiscal, inmuebles propiedad de la provincia ubicada en la ciudad de Posadas, y donarlos a favor de la Fundación Casa Cuna Misiones, para que sean destinados a su funcionamiento y sede permanente. De esta manera, dio respuesta a una solicitud del Poder Ejecutivo.

Banco de Alimentos

El Parlamento Misionero creó el Banco Provincial de Alimentos, con el fin de contribuir a satisfacer las necesidades alimentarias de la población económicamente más vulnerable; impulsar acciones solidarias; mejorar la nutrición y evitar el desperdicio de alimentos. La ley correspondiente integra las propuestas de los legisladores Oscar Alarcón, Héctor Bárbaro (MC) – Martín Sereno, y Ariel Pianesi.

El banco de alimentos deberá recibir las donaciones de productos alimenticios que cumplen con las exigencias del Código Alimentario Argentino; clasificarlas, almacenarlas y distribuirlas equitativamente entre familias, sectores poblacionales necesitados y organizaciones comunitarias.

Pueden donar productos alimenticios en buen estado las empresas, los locales gastronómicos y las personas humanas y jurídicas. Los donantes pueden suprimir la marca del producto pero deben conservar los datos que identifiquen su descripción y la fecha de vencimiento.

Se prohíbe la comercialización de los productos donados, la asignación de un destino diferente al establecido y el aprovechamiento personal o uso indebido en perjuicio de comerciantes y productores.

Alarcón explicó que con anterioridad a la existencia de esta normativa, las empresas preferían “tirar a la basura los alimentos, antes de afrontar la posibilidad de contingencias judiciales al brindarlas a los más necesitados”.

“Esta ley no necesita de cuestiones o tecnicismos para su puesta en marcha, sino que necesita del sentido común y de la buena voluntad de aquellos que tienen el poder de ayudar para destinar mucho de los alimentos que sobran y se tiran sin aprovechar”, des tacó.

Pianesi informó que la ley instituye él 29 de Septiembre de cada año como “Día Provincial de Reducción de Pérdida y Desperdicios de Alimentos”, con el objetivo de promover actividades de concientización y difusión sobre la temática.

“Se elige esta fecha en conmemoración a la celebración del Primer Diálogo Regional sobre Pérdidas y Desperdicios de Alimentos en 2015 organizado por la Oficina Regional de la FAO para América Latina y el Caribe, en donde representantes de los países se reunieron con el propósito de construir una Alianza Regional en línea con el Plan de Acción, y con el Plan para la Seguridad Alimentaria, Nutrición y Erradicación del Hambre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños”, señaló.