El Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) convocó a la inscripción en el «Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del Inym», en el marco del próximo vencimiento de los mandatos de los representantes de los sectores privado y sindical que integran actualmente su Directorio.
La medida se formalizó a través de la Resolución 99/2026, emitida por el Directorio del organismo el viernes 4 de septiembre, y llega en un contexto particularmente sensible para la actividad: mientras la cadena yerbatera atraviesa una crisis de precios y rentabilidad que golpea especialmente a los pequeños productores, el propio Inym viene siendo cuestionado por diversas decisiones consideradas polémicas, entre ellas seguir cobrando una estampilla en los paquetes de yerba mate cuyo destino y justificación de gastos no habrían sido explicados con claridad, en momentos en que el organismo redujo de manera crítica sus funciones y personal.
Quiénes deben inscribirse
Según establece el Artículo 1° de la resolución, quedan convocadas a inscribirse las entidades y asociaciones que integran los sectores mencionados en el Artículo 6° de la Ley 25.564:
- Sector Industrial
- Productores primarios yerbateros
- Cooperativas agrícolas yerbateras
- Entidades que nuclean a los obreros rurales que prestan servicios en el sector yerbatero
- Secaderos
Además, las entidades que ya figuran inscriptas en el Registro deberán actualizar su documentación, presentando copia certificada de la personería jurídica vigente, memoria y balance del último ejercicio, y el detalle de sus autoridades actuales.
Los requisitos para inscribirse
El Artículo 2° de la resolución detalla la documentación que cada entidad deberá presentar para quedar habilitada:
- Certificación de personería jurídica actualizada, según el tipo de entidad.
- Memoria y balance aprobados y auditados por el Consejo Profesional correspondiente.
- Actas de designación de autoridades vigentes y de aprobación de los últimos estados contables.
- Las entidades que se presenten por primera vez deberán acreditar una antigüedad mínima de cuatro años en sus funciones.
Toda la documentación deberá presentarse en original o copia certificada por escribano o juez de paz. El organismo advirtió que las entidades que no se inscriban o no cumplan con estos requisitos quedarán excluidas del proceso de designación de miembros del Directorio.
Fecha límite y lugar de presentación
La resolución fija el 23 de octubre de 2026 como fecha límite, inclusive, para completar la inscripción o actualización en el Registro y presentar la totalidad de la documentación exigida.
Los trámites deberán realizarse en la Mesa de Entradas del Inym, ubicada en Rivadavia N° 1515, 1° piso, de Posadas, Misiones, de lunes a viernes, en el horario de 7 a 14.
Un recambio que se da bajo la lupa del sector
La renovación del Directorio se produce en un escenario donde distintas voces de la cadena yerbatera vienen reclamando mayor transparencia en la gestión del organismo, así como también el cuestionamiento al Gobierno Nacional por desregular al Inym, que perdió sus principales funciones, entre ellas el fijar un precio para la hoja verde y la yerba mate canchada, situación que desató una de las mayores crisis en la historia del sector yerbatero.
Además, según cuestionan sectores productivos, el continuar con el cobro de la estampilla no ha sido acompañado de una rendición de cuentas clara sobre su aplicación, en simultáneo con un achicamiento de las funciones que el Inym venía cumpliendo históricamente. En ese marco, el proceso de designación de nuevas autoridades aparece como una instancia clave que el sector seguirá de cerca en las próximas semanas.
