Luego del voraz incendio desatado en las 2000 hectáreas de Puerto Iguazú qué demandó el trabajo de numerosos bomberos voluntarios, brigadistas, guardaparques y agentes de distintas reparticiones y que afectó bosque nativo y viviendas de la comunidad Mbya Guaraní Mirí Marangatú y el límite del Parque Provincial Puerto Península, el Ministerio de Ecología de Misiones, a través de la Dirección del Plan Provincial de Manejo del Fuego impuso una fuerte multa a la persona infractora que inició el incendio luego de una quema de pastizal en terreno por ella ocupada.
En virtud de las atribuciones previstas en la normativa provincial la ley de presupuesto mínimo 26.562 de control de la quema y la vigente Resolución 310/19 de prohibición de quema por tiempo indeterminado, se llevaron a cabo las actuaciones administrativas para identificar al responsable del inicio del incendio en las 2000 has. de Puerto Iguazú que afectó a la comunidad Mirí Marangatu y la franja de amortiguación del Parque Provincial Puerto Península, y como consecuencia de ello y fenecido el plazo para efectuar el descargo del infractor se procedió a establecer pena de multa en su contra por Incendio doloso según Art. 7 de la ley 26.562 (regulación de actividades de quema). El importe fue establecido en la suma de $363.540.
La persona en cuestión se hallaba realizando quema de pastizal en el fondo de su chacra para limpieza. De esta manera se da cumplimiento a las prohibiciones legales vigentes y las sanciones previstas para los infractores ambientales.
Se solicita observancia estricta de la prohibición de iniciar quemas en cualquier punto de la Provincia por tiempo indeterminado hasta tanto se levante la alerta extrema por riesgo de incendio bajo pena de fuertes multa.