Los consumos con tarjetas superiores a u$s300 tributarán una percepción adicional del 25% en concepto de bienes personales.
El Gobierno tomó la decisión de sumar una nueva alícuota a los gastos efectuados con tarjeta para gastos como paquetes turísticos o gastos en el exterior. Los consumos con tarjetas superiores a u$s300 tributarán una percepción adicional del 25% en concepto de bienes personales.
La intención oficial al tomar esta medida es la de “cuidar las reservas para la producción” y, también se tuvo en cuenta “las solicitudes y reclamos de cámaras empresarias y sectores productivos”, explicó la AFIP. En todo momento, fuentes oficiales, se ocuparon de aclarar que no existe ninguna limitación o cupo para gastar en el exterior.
Actualmente, el dólar turista, tomando, por ejemplo, el tipo de cambio Banco Nación de $157, se le suma el Impuesto PAIS del 30%, más el 45% de la percepción a cuenta de ganancias y bienes personales y a partir de este miércoles se adicionará 25% a cuenta de bienes personales (25%) lo que eleva el valor la operación por dólar a $314.
La nueva disposición que encarece el valor del dólar tarjeta no afecta:
- A los consumos con tarjeta de hasta u$s300 mensuales seguirán pagando el 30% adicional del Impuesto PAIS, la percepción a cuenta de ganancias y bienes personales (45%) con un dólar $157 (Banco Nación) el valor de la operación por dólar es de $276.
- Se mantienen igual las compras con tarjeta, pasaje u operación concertadas con anterioridad a la vigencia de las nuevas medidas.
- Sigue vigente el beneficio de no aplicación de impuesto PAIS y percepción para pasajes terrestres a países limítrofes.
- A los pagos de aplicaciones y streaming
- Se mantiene el dólar ahorro.
El adicional del 25% de la retención de bienes personales que eleva el valor del dólar afecta las siguientes transacciones:
- Bienes suntuarios o «de lujo»como, por ejemplo, automóviles y motos de alta gama, jets privados -pequeños aviones; embarcaciones de uso recreativo -barcos; bebidas alcohólicas premium; relojes, perlas, diamantes y otras piedras preciosas, máquinas tragamonedas y máquinas para minar criptomonedas.
- Es decir, los bienes comprados en el exterior que demandan a través del Banco Central el giro de divisas a 365 días.
- No se afecta la compra de ningún bien necesario para la producción.
Artistas internacionales
En tanto, también se estableció un tipo de dólar diferencial para los servicios contratados en el exterior de recreaciones y actividades artísticas (recitales, actividades deportivas, entre otros gastos de esparcimiento). En este caso, se le aplica el impuesto país del 30%, y tomando un tipo de cambio de $150 (Banco Nación) a lo que se debe sumar el 30% el valor del dólar se ubicará en $195.
Autoridades de la AFIP aclararon que las contrataciones del exterior “recibe la retención del impuesto a las ganancias que le practica el sujeto local que paga la contratación”.
Estas medidas afectan a las “nuevas compras y compras y contrataciones efectuadas a partir del miércoles 12 de octubre”, aclararon las autoridades.
Otro de los argumentos esgrimidos para explicar el nuevo valor fue que el dólar turista “no afecta al 93% de las personas con consumos en dólares con tarjetas” (considerando como promedio el último mes de agosto). Según se explicó “existe un elevado nivel de concentración del consumo con tarjetas en dólares”. Los consumos de agosto de 2,8 millones de personas -que equivale al 93% del total de consumidores con tarjetas en dólares- totalizaron u$s 60 millones, el 19% del total de consumos. En tanto, que solo unas 200 mil personas -el 7% del total- gastaron u$s 263 millones, el 81% del total de gasto en dólares con tarjetas.
En principio, se estima que la medida podrá desalentar algunos consumos, pero este 7% de usuarios continuará gastando sea pagando el nuevo valor, pagando con dólares físicos o con cuentas que puedan tener en el exterior.
Fuente: Ámbito