La Cámara de Representantes sancionó modificaciones a la Ley XII N° 28, que suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, las ejecuciones de sentencias de desalojos o remates de inmuebles destinados a vivienda única y familiar, y a viviendas y producción agropecuaria, en casos que se verifique una ocupación superior a ocho años, sobre predios urbanos y rurales, sean fiscales o privados.
La decisión surgió a partir de proyectos presentados por los diputados Martín Sereno, del Bloque Legislativo Tierra, Techo y Trabajo y Carlos Rovira (FR).
En los fundamentos, Sereno consideró «imperioso que los casos de posibles desalojos tengan el amparo de la ley para, al menos, no enfrentarse a la durísima realidad de la expulsión de una familia, cuando la misma puede demostrar su ocupación pacífica e ininterrumpida por ocho años o más, como lo prevé la legislación originalmente», dijo.
Aseguró que esta ley es una herramienta medianamente eficaz para evitar desalojos y brindar plazos para que el Estado busque soluciones y pueda mediar en los conflictos.
Mientras que el diputado Rovira afirmó que la extensión del plazo de la ley es fundamental para proteger el derecho a la vivienda adecuada en toda la provincia «y seguir invirtiendo en soluciones habitacionales para las y los misioneros».
El Iprodha establecerá cupos de vivienda
La vigencia de la suspensión de desalojos por el plazo señalado, está sujeta a que las y los beneficiarios acrediten en el expediente judicial, que se encuentran empadronados en el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (Iprodha), antes del 31 de mayo de 2023. Una vez vencido este plazo establecido, toda persona que fuera notificada de una acción en su contra entre el 31 de mayo al 31 de diciembre de 2023, y cumplimente con todos los requisitos de inscripción exigidos en la ley, puede solicitar excepcionalmente la inscripción al Padrón Provincial de Beneficiarios.
La norma faculta al Iprodha, a dictaminar fundadamente respecto de los supuestos que ameritan soluciones por parte del Ejecutivo provincial, debiendo respetar y cumplir con las normas de fondo y procesales vigentes. Además, basados en criterios de méritos, oportunidad, conveniencia y posibilidades presupuestarias, el Iprodha debe establecer un cupo en las convocatorias para dar prioridad en la solución habitacional a los y las beneficiarias que se adhieran al régimen de la ley.
También, el Poder Ejecutivo informará a la Cámara de Representantes la situación socio económica de las y los beneficiados, con la suspensión de la ejecución de sentencias antes del 31 de agosto de 2023. Estos informes son para evaluar en base a criterios objetivos de ponderación que surjan de dictámenes profesionales e interdisciplinarios, si se justifica o no la continuidad del régimen previsto en la ley.
Leyes que protegen a familias desamparadas
En el recinto, Sereno resaltó que la sanción de la ley que beneficia a muchas familias en la provincia, demuestra que la política en este caso está en función de lo social y brinda respuestas, porque en su bloque no se quedaron quietos con la primera versión de la ley, que de alguna manera ampara a los ciudadanos y ciudadanas más desprotegidas.
«En consecuencia hicimos un trabajo permanente en territorio aprendiendo de cada experiencia, algunas fallidas y otras exitosas y fuimos corrigiendo y mejorando la ley. En su momento le agregamos el beneficio del Renabap por ejemplo, y además se acaba de sancionar en el Senado la modificación de barrios populares que suspende en todo el país la ley de desalojo por 10 años; permite ampliar el registro en barrios populares, y los beneficia al declararlos en emergencia por dos años más», explicó el legislador.
Sostuvo que el problema de hábitat y de la titularidad de la tierra no es exclusivo de Misiones, sino que es mundial y multifactorial porque habla de la especulación inmobiliaria y financiera.
«Por eso esta ley protege a los y las desamparadas de las leyes del mercado, y ahí está el Estado que interviene para equiparar, igualar y garantizar el derecho constitucional».
Sereno agregó que el derecho a una vivienda digna no es sólo un techo, sino que se trata de un hábitat digno
y con esa mirada desde la política buscan ser proactivos y activos para mejorar la vida de los misioneros y las misioneras.
Puso como ejemplo el primer Programa de Acción para el Repoblamiento Comunitario de la Argentina (Arca), declarado interés provincial, y que está en vías de desarrollo con el Movimiento Evita Misiones, y relocalizará a 195 familias, y entre ellas más de un 40% son de barrios Renabap, un hábitat que debe ser urbanizado.
Incorporaciones que mejoran la norma
El diputado de TTT hizo hincapié en que desde su espacio político están ejecutando algunos programas de obras tempranas que mejoran a los barrios populares con energía eléctrica, agua potable y cloacas.
«Es decir que no nos quedamos en la experiencia de frenar los desalojos, porque sólo con eso no alcanza. En cada ocasión buscamos evitarlos, y mejoramos las condiciones de vida de las familias. Trabajamos para que la ley proteja y ofrezca mecanismos como el Iprodha, de mediación y soluciones no conflictivas», enfatizó.
Ponderó las incorporaciones a la ley, como la apertura excepcional del registro en las fechas que incluyen desde fines de mayo a principios de diciembre del 2023, y también salvaguarda el derecho de las familias que reciben las notificaciones y que antes de esta sanción, por una cuestión formal administrativa quedaban fuera del beneficio.
«También el cupo de viviendas del Iprodha es una muy buena decisión, porque brinda respuestas positivas a quienes padecen el conflicto con su vivienda, y de esta manera el Estado les da la posibilidad a las familias de trasladarse a una nueva vivienda, que con el tiempo se transformará en un hogar», manifestó el legislador.