Closs propone incorporar tres defensores adjuntos en la Defensoría del Pueblo de la Nación

El diputado Nacional por Misiones, y recientemente electo senador, Maurice Closs, presentó al Congreso un proyecto de ley por el cual propone la incorporación de tres defensores adjuntos en la Defensoría del Pueblo de la Nación.

En su iniciativa, Closs estipula la modificación del artículo 13 de la Ley 24.284, para que -con la misma modalidad de elección del ombudsman-, se designen tres defensores adjuntos abocados a temáticas específicas, uno dedicado a políticas sociales, otro a defensa del consumidor y el tercero a la del ambiente.

Cabe recordar que desde 2009 la Defensoría del Pueblo de la Nación, máximo organismo que defiende los derechos e intereses de la población, se encuentra vacante desde la renuncia de Eduardo Mondino, y por intereses contrapuestos de los distintos gobiernos en 8 años inexplicablemente no hubo nueva designación, pese a que el Congreso Nacional tiene la obligación Constitucional de hacerlo.

En cuanto al proyecto de Closs, el mismo textualmente explica en su artículo 1 que los adjuntos que asistirán al ombudsman nacional:

…serán designados mediante el mismo procedimiento, en la misma oportunidad y por el mismo período que el Defensor del Pueblo, pudiendo reemplazarlo provisoriamente en los supuestos de cese, muerte, suspensión o imposibilidad temporal, en el orden que la Comisión determine al designarlos…

Las áreas de especialización de los adjuntos, en virtud de los derechos y garantías enumeradas en el preámbulo y capítulos primero y segundo de la Constitución de la Nación Argentina, tratados internacionales y demás derechos consagrados son:
1) Políticas sociales en general, y en particular destinadas a personas mayores, personas con necesidades especiales, derechos de los niños, niñas y adolescentes, igualdad de género, trabajo, seguridad social y vivienda.
2) Protección del ambiente, utilización racional de los recursos naturales, preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, protección del turista.
3) Defensa y protección de los intereses y derechos de los usuarios y consumidores de servicios públicos y comunicaciones, clientes bancarios, de entidades financieras, mutuales y cooperativas.
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